Los bancos están obligados a informar a Hacienda todo tipo de información. En concreto en el mes de enero deben presentar el modelo 196 en el cual facilitan la siguiente información a la AEAT:

  1. Los titulares de las cuentas y personas autorizadas , el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre del año.
  2. Los intereses satisfechos y las retenciones practicadas a los titulares de dichas cuentas.
  3. Volumen total de entradas y salidas de cada cuenta.

¿Atención! Hacienda compara dicha información con las declaraciones presentadas de IVA por el contribuyente (Modelos 303-390) para detectar discrepancias significativas.

Ejemplo: imaginad que una empresa ha ingresado en sus cuentas bancarias 500.000€ y en dicho año declaró unas ventas de 400.000€ (IVA incluido) en sus declaraciones de IVA. En este caso Hacienda podría considerar que hay sospechas de que la empresa no ha declarado 100.000€ de ventas y es posible que inicie una comprobación tributaria para verificar si las declaraciones de IVA son correctas.

Por lo tanto, es conveniente anticiparse a Hacienda y documentar el motivo de dichas discrepancias. Ejemplos de posibles discrepancias: préstamos recibidos de los socios, ampliaciones de capital, cobro de facturas de ejercicios anteriores, etc.